ENSAYO DE PENSAMIENTO CRÍTICO FUNCIONAMIENTO DE LOS ACUERDOS COMERCIALES


UNIVERSIDAD DEL VALLE
COMERCIO EXTERIOR









ENSAYO DE PENSAMIENTO CRÍTICO
FUNCIONAMIENTO DE LOS ACUERDOS COMERCIALES
por
JOHANA OROZCO TRIBIÑO
0750339




MERCADEO INTERNACIONAL
03 DE ABRIL DE 2012

FUNCIONAMIENTO DE LOS ACUERDOS COMERCIALES

Los acuerdos comerciales hacen parte de un proceso integrador entre países que pueden partir de una zona de librecambio hasta llegar a una integración total (Bela Balassa, 1961) Desde el punto de vista de la teoría de la integración los acuerdos comerciales suponen poner en vigor mecanismos que permitan anuar diferentes espacios económicos, con el objetivo de acelerar la tasa de expansión global y racionalizar el crecimiento correspondiente de dichos espacios económicos. La utilización de acuerdos comerciales no es una tendencia nueva sin embargo a partir de la década de los 90’s se ha presentado un incremento en el desarrollo de esta práctica, a 15 de enero de 2012 se habían notificado al GATT/OMC unos 511 Acuerdos Comerciales Regionales (si se cuentan por separado bienes y servicios), de los cuales 319 estaban en vigor.
El desarrollo de acuerdos comerciales está inmerso en el proceso globalizador, el cual se puede definir como la internacionalización y mundialización de las relaciones comerciales, industriales, de capital financiero incluso de nuevas relaciones políticas internacionales donde se producen nuevos procesos productivos, distributivos y de consumo deslocalizados geográficamente, una expansión y uso de la tecnología sin precedente[1]. Por esta razón los acuerdos comerciales en su formación cumplen con unas características que catalogan la fase de integración a la cual pertenecen disminuyendo así cada vez más las barreras de tipo comercial, pasando entonces por la supresión de obstáculos al intercambio, el establecimiento de un arancel común, la movilidad de los factores, la armonización de políticas económicas y en su máxima expresión la unificación de dichas políticas.
Sin embargo y con todo este fenómeno de interdependencia entre los países hay condiciones referentes a prácticas y normativas que ponen en debate que tanto beneficio económico trae los acuerdos comerciales a los países que en este proceso participan y la complejidad que implica llevar a cabo un acuerdo comercial. Todo acuerdo comercial traerá problemas a los países participantes y también a los terceros países que con ellos tengan relaciones comerciales, es entonces allí que aparecen las restricciones al comercio para evitar los aprovechamientos de ventajas arancelarias, restricciones comerciales que en su análisis puede presentarse como una dicotomía entre procesos integradores que a su vez restringen el libre desarrollo del comercio.

En el marco de los acuerdos comerciales, se necesitan reglas de intercambio entre sus signatarios que sirvan para identificar aquellos bienes y servicios que gozarán o no de los beneficios del acceso preferencial establecido. Un ejemplo de estas reglas son  las  llamadas normas de origen, las cuales proporcionan la base legal para determinar la procedencia de un producto y su tratamiento de acuerdo con la normativa estipulada en el convenio suscrito. Las normas de origen en su definición tienen el propósito legítimo de evitar la evasión del pago de aranceles, el contrabando de productos, los engaños comerciales y la obtención de ganancias extraordinarias por arbitraje o, simplemente, como medida para asegurar las sanciones comerciales a determinados países.  
Las reglas de origen  son normas creadas por los gobiernos y/o las agrupaciones comerciales de países para definir el origen, procedencia o nacionalidad de las importaciones que se introducen en un determinado país. Su existencia obedece a la necesidad que tienen los países receptores de determinadas importaciones, de reconocer el origen económico de una mercancía, sobre todo cuando ésta compite o pone en peligro determinados bienes de procedencia nacional. El GATT las define como "las leyes, reglamentos y decisiones administrativas de aplicación general aplicados por un miembro para determinar el país de origen de los productos". (Artículo 1º).
Pero en el análisis más juicioso de la norma y su complejidad se ha determinado que se utiliza como una herramienta proteccionista que actúa como un factor discreto de los gobiernos para intervenir en el comercio internacional, lo que permite afirmar que si el libre comercio busca eliminar barreras de tipo arancelario, no significa que no se haga uso de medidas proteccionistas. De acuerdo con un estudio publicado por el Banco Interamericano de Desarrollo, las reglas de origen han crecido en importancia en los acuerdos comerciales recientes debido a que el comercio internacional aún es regulado de acuerdo a los intereses de determinados países, -en general los más poderosos económicamente, y en base a productos específicos. www.tercermundoeconomico.org.uy

Las reglas de origen son un ejemplo de contradicción  con los propósitos del  libre comercio. Son pocos los productos manufacturados en un mismo país desde el comienzo hasta el fin. Por ejemplo, esto se puede ilustrar imaginando las vueltas que debe dar un producto elaborado por una multinacional, cuyos insumos provienen de un país, que luego son transformados en otros dos países, mercadeados en un tercer país, con las funciones contables en un cuarto país, facilidades de transporte en un quinto país, publicidad en un sexto país, etc. Sin embargo, mientras más restrictivas sean las normas de origen, mayor será el impedimento para que se pueda alcanzar la meta de un acuerdo  comercial que es el incremento del comercio.
Cumplir con los requisitos de origen puede resultar altamente costoso para un productor por la complejidad en su cálculo, las variaciones internacionales de los precios de los insumos y las tasas de cambio;  un producto puede ser originario un día y al siguiente no serlo, lo que implica una reducción potencial en la participación del comercio de dicho productor. Ahora bien, hay que mencionar que también juega el poder de quienes pueden decidir a quién compran y a qué región favorecen, es decir la manipulación de las normas al comercio.
La formulación de normas de origen para productos específicos es una tarea que está a cargo de especialistas, quienes con frecuencia, son representantes de las industrias a quienes les afecta el asunto, de manera que esto ofrece a los productores domésticos, la oportunidad de ejercer presión para ser protegidos y evitar la competencia. “Contra esta situación, a veces no hay opositores efectivos salvo, quizás, el caso de una industria que se beneficie con una regla liberal que pudiera hacerle frente” (Palmeter, 1993).

El desarrollo de los acuerdos comerciales se ve afectado por la intervención del poder, donde hay manipulación en la formulación, la administración, donde aparecen además de las restricciones la aplicación de cuotas adicionales en procesos de importación. ¿Quien se enfrenta a esto? Desafortunadamente en países como Colombia donde las autoridad aduanera todavía presenta falencias respecto a la capacitación de su personal, al uso de los sistemas de información incluso la asignación de recursos, la posibilidad de que los productores sean objeto de mediadas o decisiones administrativas injustas es alto aún cuando cumplan con los requisitos, además de la actuación bajo presión de los funcionaros aduaneros  y la participación en prácticas ilícitas a favor de los industriales agrava la condición de igualdad de la participación en un acuerdo.

Hay que tener en consideración que mientras más se complejiza los métodos y las restricciones al comercio, la producción de bienes es cada vez más interdependiente y globalizada.





[1] La Globalización; sus efectos y bondades. Julian  Ramiro Mateus; David William Brasset. Fundación Universidad Autónoma de Colombia.


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